Comisión Europea

La Comisión Europea ha optado por no extender el Reglamento que otorga una exención específica a las alianzas de transporte marítimo internacional de las regulaciones antimonopolio de la UE.

 

El Reglamento en cuestión (436/2020) define las condiciones que estos acuerdos deben cumplir para alinearse con las normativas europeas. Esta regulación aborda temas como la cesión de espacios en barcos, la adaptación de la capacidad según la demanda, y la operación conjunta de terminales portuarias.

Tras analizar la situación, la Comisión ha determinado que dicho Reglamento ya no fomenta la competencia en el ámbito marítimo.

Esta resolución se toma después de un análisis comenzado en agosto de 2022 para entender la eficacia de esta regla. De acuerdo con un informe, debido a la poca cantidad y características de las alianzas cubiertas por el Reglamento, este genera pocos ahorros para las compañías y tiene un impacto menor en sus decisiones colaborativas.

En el pasado, la Comisión argumentaba que los servicios de transporte marítimo, especialmente los contenedores, representaban una gran parte del transporte marítimo a los puertos europeos. Por ello, su competitividad era crucial para la economía de la UE.

No obstante, según Didier Reynders, comisario de Competencia de la Comisión, cambios como la fusión de empresas de transporte y alianzas globales han transformado el sector, especialmente tras la pandemia de COVID-19. Concluyó que una exención específica para estas empresas ya no es adecuada bajo las actuales circunstancias del mercado.

Por lo tanto, desde el 25 de abril de 2024, los acuerdos entre empresas de transporte marítimo ya no estarán amparados por un Reglamento especial. En su lugar, las empresas tendrán que asegurarse de que cumplen con las normativas del Tratado de la UE, usando las Directrices Horizontales y el Reglamento general de Exención, aplicable a todas las industrias.