Consecuencias internacionales de la suspensión de sanciones a Irán

Desde el pasado 20 de enero, algunas de las sanciones que desde la Unión Europea se habían impuesto a Irán por su programa nuclear, han quedado suspendidas para los próximos seis meses.

Esta medida responde a la implementación del denominado Plan de Acción Conjunto, un acuerdo suscrito con Irán en noviembre 2013 en Ginebra por los ministros de Exteriores de Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Rusia, China y Alemania, con el respaldo de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, como primer paso hacia una solución definitiva de las cuestiones que más preocupan del programa nuclear iraní.

Así, tras la valoración del Organismo Internacional de la Energía Atómica, en la que se confirma el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el régimen iraní y recogidos en el Plan, los 28 miembros de la UE han respaldado la medida de suspender algunas sanciones con consecuencias inmediatas para las economías internacionales.

Comercio del petróleo

Aunque se mantiene la restricción para importar o comprar petróleo crudo y ciertos productos derivados, a partir de ahora se permitirá el transporte de petróleo, al tiempo que se levanta la prohibición de la facilitación de seguros y reaseguros en relación con la importación, la adquisición y el transporte de crudo. Ahora bien, según precisan fuentes europeas, sólo para «los clientes actuales» del crudo iraní, es decir, China, Japón, Corea, Turquía y Taiwán.

Productos petroquímicos

Queda suspendida la prohibición de la importación, adquisición o  transporte de productos petroquímicos que se originen en Irán o que hayan sido exportados desde este país, así como la prestación de la correspondiente financiación, asistencia financiera, de seguros y de reaseguros.

Oro y metales preciosos

Finalmente, el acuerdo restablece el comercio de oro y metales preciosos con el régimen de Teherán y sus organismos públicos, incluido el Banco Central, o con personas y entidades que actúen en su nombre. Por el contrario, se mantiene la restricción a los diamantes.

Luis de San Simón, socio de San Simón & Duch destaca, también, que, en materia de transportes, queda suspendida la sanción sobre la puesta a disposición de buques diseñados especialmente para la carga, transporte y almacenamiento de productos petrolíferos y petroquímicos”.

Además, el plan de acción conjunto prevé también la multiplicación por diez de los umbrales de autorización en relación con las transferencias bancarias de fondos a Irán o procedentes de ese país.

El espaldarazo normativo a nivel UE que da cumplimiento a este acuerdo es el Reglamento no 42/2014 del Consejo. De esta forma, se garantiza su aplicación uniforme por parte de los operadores económicos de todos los Estados miembros.